lunes, 17 de febrero de 2014

BASES DE BECAS DE LIBROS Y REPROGRAFÍA 2013/2014 SEGUNDO SEMESTRE

Se establecen las bases aplicables al curso 2013/2014, con aplicación sobre el presupuesto de la Delegación de Alumnos de 2014.


    1.   Las becas de libros y reprografía son ayudas económicas financiadas con el Presupuesto de la Delegación de Alumnos, destinadas a la adquisición de material en la Sección de Publicaciones y Reprografía de ETSII-UPM por los alumnos matriculados durante el curso académico 2013/2014 en cualquiera de la titulaciones oficiales impartidas en la Escuela, y muy especialmente a aquéllos que por su situación económica más lo necesiten, siempre y cuando se cumplan con los requisitos indicados en las presentes Bases.

    2.     La gestión del análisis y adjudicación de las becas se acometerá por la Delegación de Alumnos de la ETSII-UPM.

   3.     Estas becas son compatibles con cualquier otra beca o ayuda económica que perciba el solicitante, previa declaración de las mismas.

    4.     La cantidad becada por alumno en el semestre será de 50 €, que podrá ser canjeada  hasta el 13 de junio de 2014. Dicho importe podrá ser repartido por el beneficiario entre un importe destinado a la Sección de Publicaciones y otro importe destinado a la Sección de Reprografía. Los importes se especificarán en el formulario de entrega.

    5.     Las presentes Bases y Convocatorias, además de los aspectos puntuales sobre el proceso de adjudicación y resolución, se publicarán, por la Delegación de Alumnos en su tablón de anuncios y en la página web:



     6.     El procedimiento de solicitud se realizará en papel mediante la inscripción de cada alumno interesado a través del formulario anexo a estas Bases. El formulario relleno con los datos requeridos, adjuntando toda la documentación completa justificativa, se entregará exclusivamente en el registro de la Delegación de Alumnos, en el horario que se publique en el tablón de anuncios de  Delegación, en el plazo estipulado en el punto 10 de esta convocatoria.

      7.     La documentación completa justificativa que se deberá aportar es:

ü  Los formularios de la solicitud de la beca por duplicado, actuando uno de ellos como resguardo de la entrega para el alumno, mediante el sello de la Delegación.

ü  Original y Fotocopia del DNI u otro documento identificativo oficial.

ü  Original y fotocopia del impreso de la declaración de la renta completa (a efectos de comprobar los ingresos familiares anuales) o justificante emitido por la Agencia Tributaria en el caso de que no se presentara la citada declaración.

ü  Original y fotocopia de la carta de pago de la matrícula correspondiente al semestre objeto de la beca.

NOTA 1: Los originales serán devueltos a su propietario y sólo tienen como función cotejarlos con las fotocopias.

NOTA 2: Por imperativo legal, se deberá presentar en soporte papel la documentación administrativa completa adicional que se indica en la solicitud en función de las circunstancias personales de cada solicitante (nacionalidad y domicilio fiscal).

La adjudicación de la beca se realizará en estricto orden creciente de renta*, siendo los alumnos con menor renta, los primeros en ser adjudicados.

*La renta se computa como renta total justificada por miembro de la unidad familiar, según la fórmula:
                                                                     (P1+P2)/P3

Donde P1, P2 y P3 hacen referencia a los campos del mismo nombre del formulario.


   8. Una vez cerrado el plazo, con los datos facilitados, se realizará una adjudicación provisional que se publicará en el tablón de Delegación de Alumnos. A partir de este momento los alumnos beneficiarios podrán disfrutar de su asignación.

    9.   Podrán presentarse reclamaciones ante la Delegación de Alumnos durante un periodo de 5 días lectivos, después de la adjudicación provisional, en soporte papel en el registro de la Delegación de Alumnos. La Delegación de Alumnos las estudiará oportunamente, y publicará la relación final en un plazo máximo de 5 días hábiles.

10.  El calendario de actuaciones, que en cualquier momento puede ser modificado por parte de la Delegación de Alumnos por motivo justificado, con anuncio público, queda recogido en la siguiente tabla:
Fecha
Evento
Jueves, 13 de febrero
Apertura de la solicitud y presentación de la documentación.
Viernes, 21 de febrero
Cierre de la solicitud y presentación de la documentación. Último día permitido.
Viernes, 28 de febrero
Adjudicación provisional. Comienzo de disfrute de la Beca.
Apertura del plazo de presentación de reclamaciones
Jueves, 6 de marzo
Cierre del plazo presentación de reclamaciones
Lunes, 10 de marzo
Adjudicación definitiva.
Viernes, 23 de mayo
Último día para la utilización de la beca.

11.  En caso de necesidad justificada, la Delegación de Alumnos podrá realizar convocatorias y asignaciones o revocaciones puntuales adicionales.

12.  En el caso de que el alumno becado no pudiera hacer uso de la beca, deberá comunicarlo a Delegación de Alumnos lo antes posible para su oportuna resignación.

13.  Si se observara la no utilización de la beca, o el incumplimiento de las presentes Bases, la beca será revocada. La Delegación de Alumnos se reserva el derecho de poder invalidar posteriores convocatorias a aquellas personas que incumplan lo establecido en estas bases.

14.  Los listados definitivos de alumnos becados se remitirán por la Delegación de Alumnos y a la Sección de Publicaciones y de Reprografía.

15.  Los datos y documentación deberán ser tratados de forma confidencial y estarán destinados exclusivamente para la gestión de las becas de reprografía y libros, y serán destruidos al comienzo de la siguiente convocatoria de becas. El responsable de la gestión de datos es la Delegación de Alumnos de la ETSII-UPM.



Madrid, 17 de febrero de 2014.